jueves, 28 de marzo de 2013

LA FABRICA DE OCRES DE VILLAFRANQUEZA Y SAN VICENTE DEL RASPEIG

ASENSI Y BUADES

Con fecha 27 de Agosto de 1925 se firmó en la Ciudad de Alicante la escritura de constitución de la Sociedad "Asensi y Buades" formada por D. Evaristo Buades Asensi, vecino de Alicante y D. Juan Asensi Sanchez, residente en Villafranqueza.
El objeto de la Sociedad era "la fabricación y venta al por mayor y menor de colores minerales y la explotación de minas, domiciliada en Villafranqueza, en el mismo local de la fábrica situada en el Camino de la Balsa Nueva."
El capital inicial de la empresa era de veinte mil pesetas, aportados por los socios a partes iguales.
En la cláusula sexta se indica que la duración de la Sociedad sería de diez años, sin embargo la disolución de la misma se llevaría a efecto el 27 de Mayo de 1930.
En la escritura hay reflejado un balance sin beneficios a repartir, dándose ambos socios por completamente saldados y disuelta la Sociedad.

En el año de constitución de la Sociedad los Sres Asensi y Buades inician los trámites para la instalación de una fábrica de colores minerales en el término de Villafranqueza, proyecto que no contaría con la aprobación del resto de los vecinos.


En el solar existente entre las actuales calle Postigo, Flor de lys, Doctor Vicente Soler y calle del Ocre en Villafranqueza, al inicio de la calle Balsas Nuevas, existía la finca "El Molino", donde había un edificio destinado a depósito y lavado de ocres y óxidos de hierro.
El 10 de Julio de 1925 estos dos señores elevan una petición al Ayuntamiento solicitando la instalación en la mencionada finca, de un electromotor de veinte H.P para la fabricación de ocres y almagres.

Archivo Municipal de Alicante

Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia las alegaciones de los vecinos que se consideraban perjudicados con la instalación de la factoría no se hizo esperar.
Casi simultáneamente se dirigieron dos cartas; una firmada por los Sres D. José Guijarro y D. Emilio Guijarro Lledó, y otra por una agrupación de 58 vecinos al alcalde de Villafranqueza, manifestando su oposición a esta empresa.

Los vecinos alegaban en estas misivas que la fábrica se encuentra en la vía de acceso a Villafranqueza desde Alicante y que en un futuro próximo ganaría en importancia tras la construcción de una línea de tranvía que comunicará con la capital.
Muchos de los firmantes afirmaban ser propietarios de terrenos colindantes con la finca "El Molino" denunciando principalmente:

"La fabricación de ocres y almagres para instalar el motor de 20 caballos, forzosamente tiene que producir por la especial naturaleza de los expresados minerales y polvo que de ellos se desprende, un tinte de color amarillento en edificios, camino, árboles y tierras colindantes y próximas, que vendrá a imprimir en ellos un sello de fealdad, y aún de tristeza, que les hará desmerecer extraordinariamente su valor. Y esto, aunque lloviese en grandes cantidades no desaparecería. El color del ocre queda permanentemente adherido a los objetos, y aún ahora después de muchos años son perfectamente visibles la huellas de dicha sustancia en la citada finca "El Molino" en la que por algún tiempo fué almacenado el citado material".

El 31 de Julio de ese año D. Luis González Veredjo, Ingeniero Jefe de primera clase del Cuerpo de Agrónomos de Alicante, acompañado por el Sr Buades, se personó en la finca "El Molino" para reconocer el terreno y emitir su dictámen acerca de si la fábrica de ocres y almagres proyectada puede ocasionar a los vecinos y huertas circundantes algún perjuicio.
Una vez hubo inspeccionado el terreno, el Sr González opina que los ocres y almagres están constituidos principalmente de polvo de arcilla y que no es nociva para la vegetación ni para la salud de ninguna especie arbórea por ser precisamente la arcilla uno de los elementos más abundantes en los terrenos de cultivo.
Así mismo manifiesta el Sr González ser más perjudicial y nociva para la vegetación el polvo de carreteras y caminos que se posan sobre las hojas que el fino polvo del ocre "pues nunca conseguirá quitar su color verde ni atenuar o suprimir la función clorofílica".
En este dictamen se pone como ejemplo la fábrica de ocres situada en el Plá del Bon Repós en Alicante propiedad de Julio España Ghiglione donde "existe un alfafar contiguo en el que nada anormal se nota".
Para concluir se hace notar que los Sres Asensi y Buades tienen su firme propósito de instalar la molturación por procedimientos modernos, con aspiradores de polvos impalpables veladores o suspendidos en el aire y de tener ya adquirida la maquinaria al efecto.
Por todo lo cual "Informo en sentido de que debe autorizarse sin limitaciones ni reservas la instalación de la mencionada fábrica, que por otra parte puede ser un importante fuente de riqueza para el pueblo de Villafranqueza, y un motivo de colocación de varios obreros".

El proyecto de los Sres Asensi y Buades se ejecutó y se instaló la maquina.

El siguiente 23 de Octubre de 1925 el Delegado Gubernativo de la zona de Alicante D. Delfino Alvarez Entrena, el alcalde de Villafranqueza D. Jose Antonio Samper Gomez y el Inspector Municipal de Sanidad D. Francisco Llorca Llorca procedieron a inspeccionar la fábrica para examinar las condiciones del funcionamiento de los aparatos "Obsevándose que efectivamente se halla ajustada su instalación a las condiciones de las modernas industrias, por haberse colocado potentes aparatos aspiradores que absorben el polvo producido no permitiendo que éste salga constantemente al exterior".

La Comisión juzga que la instalación cumple con las condiciones exigidas por los informes del Sr Delegado Gubernativo "Y que por lo tanto ni puede perjudicar a los terrenos inmediatos, ni es perjudicial para la salud ni tampoco puede afectar en nada al camino ni al ornato de las edificaciones que pueden surgir a su inmediación".

La empresa continuaría su funcionamiento pero la animadversión de los vecinos no tardaría de nuevo en manifestarse mediante una solicitud al Ayuntamiento fechada el 23 de Abril de 1926 por parte de un grupo de vecinos encabezados por D. Vicente Gomis y D. Manuel Alcaraz oponiéndose a que la fábrica continúe con su actividad.

Los firmantes reiteran en su opinión que la fábrica constituye un peligro para la salud pública y amenaza seriamente con envolver con un manto amarillento las casas y calles de la población.
Unas lineas más abajo denuncian que los Sres Asensi y Buades han construido un horno para la cremación de los minerales y que los humos resultantes de la combustión son altamente nocivos para la salud.
Por ello basándose en el Reglamento de establecimientos clasificados de incómodos, insalubres o peligrosos, aprobado el 17 de Noviembre de 1925 y concretamente en su artículo numero 3:

"No se autorizará la instalación dentro del casco de las poblaciones de ninguna de las referidas industrias debiendo situarse las mismas en zonas de ensanche... siempre a condición de que se distancien los locales que motivan el peligro o insalubridad de 100 a 500 metros de todo el núcleo de población y se aislen de todo edificio destinado a viviendas...
... Suplicamos a U.S que habiendo dado por presentado este escrito, se sirva previa las comprobaciones que crea oportuno practicar, ordenar a D. Juan Asensi Sanchez y D. Evaristo Buades Asensi , se abstengan de continuar la fabricación de ocres y almagres a que esta instancia se refiere".

El día 2 de Mayo la Comisión Permanente del Ayuntamiento acuerda "Desestimar" la instancia alegando en el segundo punto que la referida "R.O de 17 de Noviembre de 1925 fué publicada con posterioridad a dicha instalación y autorización y que por lo tanto no tiene aplicación al presente caso".

El 17 de Mayo el vecindario presentó en la alcaldía de Villafranqueza un recurso de reposición contra la resolución de la Comisión tildándola de "improcedente" atendiendo a los artículos 255 y 257 del Estatuto Municipal de 8 de Marzo de 1924.
Reunida nuevamente la Comisión  Permanente del Ayuntamiento el 29 de Mayo acordaron por mayoría absoluta "Desestimar" el recurso de reposición informando a los demandantes del plazo de treinta días para interponer contra esta resolución el correspondiente recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Provincial.

Fábrica de Villafranqueza
Este parece ser el final del expediente, no así el cese de la oposición por parte del pueblo a la actividad de la fábrica, que se prolongaría hasta el inicio de los años 70 del siglo XX.

El Ministerio de Fomento a través de la estadística minera revela datos sobre las fábricas de Alicante.
Así en el año 1927:

"Los tres talleres de preparación de colores minerales, situados cada uno en Alicante, San Vicente y Villafranqueza, han tratado 1680 toneladas de substancia, empleando 17 obreros y tres máquinas, dos eléctricas, y la otra de combustión interna, con 53 caballos de fuerza. El producto de ocres y almagres ha sido de 1520 toneladas, con valor de 152.000 pesetas"

Y en la misma edición, dos años mas tarde:

"Las fábricas de ocre, que cada día toman mas importancia, pasan por una época crítica a causa de la competencia que entre ellas mantienen; actualmente tratan de sindicarse para solucionar este conflicto, lo cual puede contribuir al desarrollo de esta importante industria. Las de Villafranqueza y San Vicente del Raspeig han ocupado en total a 14 obreros, para una producción de 960 toneladas, con un valor de 144.000 pesetas, utilizándose 6 motores eléctricos, con 70 caballos de fuerza..."

ASENSI, PEREZ Y LILLO S.L

Una vez disuelta la Sociedad el Sr Asensi entro a formar parte de la Sociedad "Asensi, Perez y Lillo S.L" propietarios entre otras de la mina "La Milagro" de Muchamiel.
La nueva Sociedad estuvo formada por el mencionado D. Juan Asensi SanchezD. Francisco Perez Soler y D. Andrés Lillo Torregrosa.
La empresa movió un volumen de negocio considerable. No solo se trataba ocre de minas propias situadas en la provincia de Alicante, sino de otras partes de España. Desde Barcelona se traía el mineral para molerlo en las fábricas de Villafranqueza y San Vicente y devolverlo manufacturado a su destino de origen. Esta última estaba ubicada en el Camino del Rodalet, donde hay situado un centro veterinario en la actualidad.
El 26 de Abril de 1932 se concedió el registro del rótulo "Ocrera Alicantina" para la fábrica situada en el Municipio Sanvicentero.
El mineral se envasaba en toneles fabricados en una tonelería de Villafranqueza y se vendía como colorante y pigmento para la fabricación de pinturas.


Fábrica de Ocres de San Vicente del Raspeig
(foto cedida por Alejandro Asensi)
Vista cenital de la fábrica de San Vicente
año 1977 (Iberpix)

El mineral, una vez recogido en las minas era trasladado a la fábrica en carros, según atestiguan algunos vecinos.
Para tener una idea de como funcionaban estas factorías debemos echarle un vistazo al siguiente cuadro sacado de un boletín del Instituto Geológico y Minero de los años 20 del pasado siglo.


La Compañía vendía sus productos a toda la Provincia de Alicante y resto de España según el Copiador de cartas de la Sociedad.
A. Gomez Padilla y Pascual Coloma de Alicante; Terrazos García y Terrazos ESLI de San Vicente del Raspeig; Comercial química del caucho y Grailhor de Elche, o Pinturas ESVI de Villafranqueza, eran clientes habituales.
Entre la documentación revisada aparecen clientes-distribuidores en Andalucia como "Óxidos Cortes" en la Ciudad de Málaga y la Compañía inglesa "Colvile Barblan & Cabrera".


Cortesía de Alejandro Asensi

La mercancía destinada hacia las Ciudades de Ibiza y Las Palmas era embarcada por la agencia de los "Sres Herrera y Esteban S.L" a bordo de los vapores "El delfin del Salazar, Lago Victoria, Nave Hermosa, Juan Claudio, El Salazar o El delfín del tirreno".

En el cuadro siguiente hay una muestra de las referencias servidas por "Asensi, Perez y Lillo" como queda reflejado en el mencionado copiador de cartas.

Elaboración propia
La Compañía mantuvo su actividad hasta el año 1985 en la fábrica de San Vicente del Raspeig.
Desde los años 40 la Sociedad explotó la "mina San Francisco" de Sierra Helada, y a juzgar por la información consultada, el mineral extraído era de gran calidad, muy superior a los ocres del resto de la provincia.
Para conocer la marcha de la empresa he tenido acceso a los balances realizados durante esos años.
En el año 1943 se declararon unos beneficios de treinta y nueve mil setecientas noventa y una pesetas, con setenta y cuatro céntimos (39.791,74).
En el año 1944 los beneficios obtenidos ascendieron a cuarenta y cuatro mil setecientas ocho pesetas, con cincuenta céntimos (44.708,50).
Y en el año 1948 los beneficios líquidos fueron de sesenta y cinco mil setecientas pesetas, con veinte y un céntimos (65.700,21), y los beneficios fiscales de ciento diez y siete mil ciento veinte y cinco pesetas, con un céntimo (117.125,01)

En la memoria presentada el 31 de Diciembre de 1943 la Sociedad declara el resultado como satisfactorio pero insuficiente, manifestando que sus esfuerzos habían derivado en contrarrestar los efectos de la competencia que ofrecía artículos de baja calidad y precios reducidos.
"Esta Sociedad con miras siempre al porvenir, ha dedicado su máxima atención a mejorar, de año en año, los productos de nuestra fabricación, sin tener en este ejercicio para nada en cuenta, los precios de la competencia. Hemos presentado en el mercado clases totalmente nuevas, elaboradas con nuestros mejores ocres, sometidos a un tratamiento de levigación esmerado. Hemos seleccionado nuestros minerales dándole la aplicación conveniente para obtener calidades adecuadas a las necesidades de cada industria, que precisa de nuestros productos. Hemos logrado clases de gran rendimiento para la industria del cemento; otras, de un colorido especial para la industria del cartón; y otras, impalpables, adecuadas para la fabricación de pinturas..."

El balance presentado el 31 de Diciembre de 1948 presenta un resultado superior a los cálculos previstos, debido a la renovación de la maquinaria y llevando a cabo una elaboración mas perfecta lanzando productos de alta calidad.
Los productos de la mina San Francisco contribuyeron en alto grado a la mejora de la producción, con un rendimiento ese año de 619 toneladas
"Desde luego, el resultado de este ejercicio, no es debido exclusivamente a esta renovación en nuestros elementos de fabricación, pues ello aunque ha contribuido en parte, no era lo suficiente si no hubiéramos tenido la suerte de que la "mina San Francisco", nos hubiera dado en este ejercicio, un mineral de tan alta calidad como jamás tuvimos, hasta el extremo de que al someterlo a nuestro sistema de lavado, ha perdido menos de un 10% , acostumbrados a como estábamos a que este tratamiento de levigación, perdían nuestros minerales mas de un 60%  de impurezas, fácilmente se os alcanzará la gran ventaja que este rendimiento a reportado a lograr el resultado tan favorable en este balance."


El mineral extraído de la Mina San Francisco se transportaba en caballerías desde la bocamina hasta el lugar que permitía su carga en carros, y de ahí, hasta la estación de ferrocarril mas próxima para su transporte a Alicante.
El acarreo del material por este sistema originaba sobrecostes en el producto final y dificultaba el desarrollo de la industria, por la escasez de caballerías y material ferroviario.
En el año 1947 D. Francisco Pérez Soler como Gerente de la Sociedad "Asensi, Pérez y Lillo S.L", eleva una instancia solicitando se habilite el punto denominado "Cala del Barranco de Chimo", del término de Benidorm para el embarque de mineral de ocre.
Recabados los informes de las Autoridades Provinciales, las ordenanzas de aduanas y, considerando que la gestión beneficia la industria minera de la región sin perjuicio ni gasto para los intereses del Tesoro, se acuerda:
  1. Habilitar el punto de costa denominado Cala del Barranco de Chimo, del término Municipal de Benidorm (Alicante), para el embarque, en régimen de cabotaje, del mineral de ocre procedente de la Mina San Francisco, propiedad de la razón social Asensi, Pérez y Lillo, Sociedad Limitada, enclavada en el expresado término municipal.
  2. Los mencionados embarques se realizarán con la intervención y documentos de la Aduana de Altea y bajo la vigilancia del puesto del Resguardo de Caletas; y
  3. La entidad solicitante queda obligada al abono de las dietas y gastos de locomoción que reglamentariamente corresponda al funcionario de la Aduana de Altea que intervenga los despachos de que se trata, y a facilitar los útiles que sean necesarios para realizarlos.
          Madrid, 31 de Mayo de 1947.
          P.D Fernando Camacho.   
          Ilmo Sr. Director general de Aduanas.


Fuentes Consultadas:
- Archivo Histórico Provincial de Alicante
- Archivo Municipal de Alicante
- Sr Alejandro Asensi. Nieto de D. Juan Asensi Sánchez


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